Formato e Instrucciones de Estilo
FORMATO GENERAL PARA TODOS LOS MANUSCRITOS
- Tipo de hoja: carta (21,59x27,94 centímetros).
- Márgenes: predeterminados (inferior y superior: 2,5 cm; izquierdo y derecho: 3 cm).
- Tipo de letra:
- Tamaño de fuente: 12 puntos.
- Interlineado:0.
- Alineación: Justificado a ambos lados.
- Espacio entre párrafos: 1 Enter.
Los apartados del manuscrito (RESUMEN, INTRODUCIÓN, MÉTODOS…) deben estar adecuadamente encabezados y alineados a la izquierda, haciendo uso de MAYUSCULA SOSTENIDA y negrita. No deben utilizarse saltos de página. La cursiva se empleará exclusivamente para palabras o frases en otros idiomas, nombres científicos de medicamentos y nombres científicos de animales y plantas. Los subapartados se señalarán en negrita.
TABLAS
Recogen la información de forma resumida y la presentan de manera eficiente. También permiten mostrar la información con el nivel deseado de detalle y precisión. Los comentarios que se hagan de los datos ofrecidos siempre estarán referidos en el texto y deben anteceder a la presentación de la misma. No deben ser presentadas en forma de imágenes y siempre se colocarán dentro del grueso del manuscrito, donde corresponde por el orden lógico de la redacción del mismo.
Todas deben ir enumeradas consecutivamente, en el mismo orden con el que son citadas por primera vez en el texto que las comenta. Cada tabla debe acompañarse de un título breve que se colocará encima del cuerpo de la tabla. No deben contener colores y deben ajustarse a la orientación del texto, respetando los márgenes derechos e izquierdos predeterminados. Cada columna en la tabla debe contener un encabezado breve o abreviado, en negrita.
En el pie de tabla la letra a utilizar será Verdana 10 y se incluirá la leyenda, asterisco, nota y fuente (en este orden, sin poner la palabra leyenda, y todos sus elementos se separan por coma o punto y coma). En el caso de datos primarios (encuestas, historias clínicas), estos no llevan fuentes. Para las notas a pie de tabla deben utilizarse los siguientes símbolos, siguiendo el mismo orden presentado: *, †, ‡, §, ||, ¶, **, ††, ‡‡.
Si se presentan datos de otras fuentes, publicados o no, se deben obtener los correspondientes permisos y reconocer públicamente las fuentes en cuestión. Los números decimales deben estar separados por comas y no por puntos. Los porcentajes se expresan de la siguiente manera: 25,2 %. El tamaño de las tablas debe ser de 800 píxeles como longitud máxima; aunque puede ser mayor, en dependencia de la información que esta ofrezca.
FIGURAS
Se deben elaborar y fotografiar las figuras con calidad profesional, o bien remitir a reproducciones digitales de calidad fotográfica, en formato JPEG o GIF. Las figuras deben ser explicativas en sí mismas tanto como sea posible, dado que muchas se reproducirán directamente como diapositivas para presentaciones científicas. Sin embargo, los títulos y las explicaciones detalladas deben incluirse en las leyendas, no en el cuerpo de las figuras. Debe revisarse cuál es el número máximo de figuras acorde al tipo de artículo. Al igual que en las tablas, las dimensiones de las figuras deben ser menores de 800 píxeles.
RADIOGRAFÍAS, ECOGRAFÍAS U OTRAS IMÁGENES
Producidas por técnicas de diagnóstico mediante la imagen, así como fotografías de especímenes patológicos o microfotografías. Se deben utilizar reproducciones fotográficas nítidas, generalmente de tamaño 127 × 173 mm y de hasta 580 píxeles. Las letras, números y símbolos incluidos en las figuras deben ser nítidos, uniformes, y de tamaño suficiente para que cada carácter siga siendo legible en la versión reducida del artículo publicado. Las microfotografías deben contener marcadores de escala. Los símbolos, flechas o letras incluidas en las microfotografías deben destacarse claramente sobre el fondo.
DATOS O FOTOGRAFÍAS DE PACIENTES EN REVISTA MEDEST
Para publicar datos personales o fotografías de pacientes en un caso clínico u otro artículo en una revista científica, se deben cumplir varios requisitos éticos y legales que garantizan la privacidad, dignidad y autonomía del paciente:
1-) Consentimiento informado por escrito: Es obligatorio obtener un consentimiento informado firmado por el paciente (o su representante legal, si es menor o no puede decidir). Este documento debe especificar que se autoriza la publicación de información clínica y/o imágenes identificables con fines académicos. El consentimiento debe ser específico para la publicación científica, no solo para el tratamiento médico.
2-) Aprobación por un Comité de Ética: En muchos casos, especialmente si el caso implica detalles sensibles o riesgo de identificación, se requiere la revisión y aprobación por parte de un Comité de Ética de investigación o comité institucional de revisión (CIRB).
3-) Protección de la identidad del paciente: Aunque se tenga consentimiento, se debe hacer todo lo posible para proteger la identidad del paciente. Esto incluye:
- Pixelar u ocultar cualquier dato identificable en las imágenes (por ejemplo, rostros, tatuajes únicos, marcas distintivas).
- Evitar incluir nombres, números de identificación, fechas exactas u otros detalles que puedan permitir la identificación directa.
- Modificar ligeramente detalles demográficos si son fácilmente identificables (por ejemplo, edad aproximada en lugar de exacta, región en lugar de ciudad específica).
4-) Justificación de la necesidad de imágenes o datos identificables: Las revistas suelen exigir que se justifique por qué es necesario incluir imágenes o datos que podrían identificar al paciente. La imagen debe ser esencial para ilustrar un aspecto clave del diagnóstico o tratamiento.
5-) Cumplimiento con normativas locales e internacionales: Se debe respetar la legislación local sobre protección de datos personales (como el GDPR en Europa o la HIPAA en EE.UU., según la ubicación). Además, se recomienda seguir las pautas de publicación de organismos como el International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE), que establece estándares claros sobre el uso de imágenes de pacientes.
6-) En resumen: Consentimiento informado escrito + anonimización siempre que sea posible + aprobación ética si aplica + justificación clínica.
Si no se dispone del consentimiento, no se debe publicar ninguna imagen o dato que pueda identificar al paciente, incluso si el caso es de gran interés científico.
PIE DE FIGURA:
El pie de figura se ubica al final del manuscrito, es breve (no excede una línea) y utiliza formato específico: la palabra "Figura." en negrita y centrada, texto explicativo en Verdana 10, leyenda y fuente en Verdana 9 centrada, todo incluido dentro de la imagen. Las figuras se referencian en el texto y se numeran con arábigos (excepto si es una sola). Para figuras previamente publicadas debe identificarse la fuente y adjuntar autorización escrita del titular de derechos, salvo dominio público. Cuando se usen símbolos, flechas o letras identificadores, debe explicarse su significado en la leyenda, así como la escala interna y, en microfotografías, el método de tinción empleado.
NORMAS TÉCNICAS Y NOMENCLATURA CIENTÍFICA:
Unidades de medida
Todos los manuscritos deben emplear unidades del Sistema Internacional (SI): metros (m), centímetros (cm), kilogramos (kg), litros (L), grados Celsius (°C) y mm Hg para presión arterial. Los resultados de laboratorio clínico se informarán en unidades SI, pudiendo añadirse unidades tradicionales entre paréntesis (ej.: glicemia: 5,55 mmol/L [100 mg/100 mL]).
Abreviaturas
Se limitarán a las de uso común, evitando las poco frecuentes, especialmente en título y resumen. Deben definirse en su primera aparición (ej.: sistema inmunológico adquirido [SIDA]). Si provienen de otro idioma, debe incluirse su traducción al español. Las unidades de medida no requieren definición.
Nomenclatura científica
- Organismos: Nombre científico en cursiva, género en mayúscula y especie en minúscula (ej.: Escherichia coli).
- Enfermedades: Según la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11).
- Fármacos: Denominación Común Internacional (DCI), evitando marcas comerciales. Puede consultarse la base de datos MedNet de la OMS.
Agradecimientos
Se mencionarán personas, instituciones o entidades que contribuyeron sin cumplir criterios de autoría, siempre con autorización explícita. Cualquier apoyo financiero o vínculo comercial debe declararse en esta sección.
